lunes, 27 de junio de 2016

MODELO DE DECLARACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, se han publicado en el BOE de 7 de junio de 2.016.

En la Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, que aprueba tales modelos, también se dictan instrucciones relativas a su procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Igualmente aprueba la norma jurídica relatada el documento normalizado de documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas para entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del impuesto sobre sociedades

domingo, 19 de junio de 2016

NORMAS SOBRE HOMOLOGACIÓN DE VEHÍCULOS. ADAPTACIÓN A DIRECTIVAS COMUNITARIAS

La Orden IET/904/2016, de 2 de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, publicada en el BOE de 10 de junio de 2016, modifica y sustituye los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la UE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

Dicha modificación, por Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, se efectúa en virtud de la facultad que le ha conferido para ello la disposición final primera del Real Decreto 2028/1986, a fin de adaptar tales anexos a la evolución producida por la publicación de nuevas normas comunitarias y nuevos reglamentos derivados del Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 60, de 11 de marzo de 1970), a los que se adhiere la Unión Europea.

sábado, 11 de junio de 2016

CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2016/2017 EN CASTILLA Y LEÓN

En el BOCYL  de 9 de junio de 2.016 se ha publicado el calendario escolar para el curso académico 2016/2017 en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.

La Orden fija el calendario escolar en todos los centros docentes no universitarios, excepto en cuanto a las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil, enseñanzas deportivas y enseñanzas artísticas superiores, que se regirán por su normativa específica.

Por lo tanto, el calendario resulta aplicable a todos los centros docentes, tanto públicos como privados, para: segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional inicial, enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas de idiomas, así como todas las que se imparten en los centros específicos de educación especial y en los de educación de personas adultas.

miércoles, 8 de junio de 2016

REFORMA MODELOS TRIBUTARIOS IVA, GRANDES EMPRESAS Y DECLARACIONES CENSALES

En el BOE de 2 de junio de 2.016 se ha publicado la Orden HAP/841/2016.

Mediante dicha Orden se aprueban dos modelos tributarios:

El modelo 364 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado"

- El modelo 365 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado"

Por otra parte, dicha Orden establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, así como otra normativa tributaria.

El procedimiento para la aplicación, en el IVA, de las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado, en las operaciones interiores e intracomunitarias, se reguló en el artículo 5 del el Real Decreto 160/2008,  que aprobó el Reglamento por el que se desarrollan.

viernes, 3 de junio de 2016

SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO UNIVERSITARIO DE DOCTOR

En el Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, publicado en el BOE de 3 de junio de 2.016, se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición del suplemento europeo al título universitario de Doctor expedido por las Universidades españolas públicas y privada y obtenido conforme a las enseñanzas oficiales de Doctorado reguladas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, con el fin de promover la movilidad de titulados en el espacio europeo de Educación Superior, incluida la expedición de los suplementos europeos a los títulos de Doctor del programa Erasmus Mundus y sucesivos.

El suplemento europeo al título es el documento que acompaña al título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de Educación Superior.

El suplemento europeo al título de Doctor se expedirá de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I del presente real decreto.